Confundido:
Esta semana dos casos
de extrema gravedad tuvieron sanción judicial, el lunes se dictó sentencia para
los acusados de haber perpetrado la Masacre de Trelew, el miércoles el máximo tribunal
penal , aumento las penas a los responsables del incendio del boliche Cromañón.
Yo que soy un simple
mortal quede un poco impresionado porque en ambos casos los condenados gozarán
de libertad, más o menos restringida, pero libertad al fin. Y lo que más me
sorprende es que las penas que se le aplican y los delitos de los cuales se los
acusa son de una extremísima gravedad.
No soy abogado pero,
como no dejo de llamarme la atención esta peculiar situación decidí indagar un
poco más acerca de la eximición o no de prisión, la prisión preventiva y las
medidas cautelares en general. Con que me encontré.
Las Medidas
cautelares
son las dictadas con el fin de asegurar que cierto derecho podrá ser hecho
efectivo asi un juez o magistrado del poder
judicial, puede adoptarlas para que
las resultas de la resolución administrativa o judicial surtan plenos efectos
para los interesados o parte procesal. Asi habiendo caracterizado a las medidas
cautelares dentro del proceso penal, la PRISIÓN PREVENTIVA ( encarcelamiento
preventivo) , puede definirse " como una medida cautelar, establecida con
un propósito asegurativo, tendiente a comprobar una infracción hipotética ,
donde hay una existencia de mínimo de pruebas de culpabilidad, motivada ésta
medida para tutelar el éxito del proceso"7 . Pero sin duda como medida
cautelar evidencia una importancia especial dentro del derecho procesal, porque
compromete la libertad física de una persona.
Clarificando se puede
dictar prisión preventiva, como es el caso de Pedraza, para que no se fugue, no
entorpezca la investigación, no destruya pruebas, etc., o puede dictar la libertad
provisional. Ambas son cautelares
La prisión
provisional únicamente se puede adoptar durante el desarrollo de un
proceso penal. Con esta medida se priva de libertad al sujeto al que se le
imputa la comisión de un delito con la finalidad de que puedan aplicarse de
forma efectiva las leyes penales.
Por su parte, una vez
que el detenido es puesto a disposición del Juez o Tribunal, sólo se podrá
ordenar su prisión provisional a solicitud del Ministerio Fiscal o la acusación
particular. Para que un Juzgado o Tribunal pueda decretar la medida de prisión provisional,
es necesario que conste la existencia de un delito e indicios suficientes para
considerar que la persona detenida es la responsable del
mismo.
Ahora bien en la
Argentina, según una investigación de Pagina 12, sobre un total de 52.722
personas detenidas en cárceles federales y provinciales, 31.389 (el 59,50 por
ciento) son internos que están bajo el régimen de prisión preventiva, sin
condena firme, mientras que suman 21.333 (40,50 por ciento) los que han
recibido sentencia definitiva. Es decir la mayoría de los presos están con
preventiva sin condena.
Me pregunto. ¿ esos
31.389 presos han cometido delitos de tan extrema gravedad como los de los
militares ( lesa humanidad) o Chaban – Fontanet.?
Veamos : Los
militares retirados Sosa, Del Real y Marandino fueron condenados a “prisión e
inhabilitación absoluta y perpetua por considerarlos coautores responsables del
homicidio con alevosía y de tres casos de ese delito en calidad de tentativa”.
Los delitos además fueron catalogados como crímenes de lesa humanidad, es decir
imprescriptibles. “Para este tribunal, el juicio ha terminado”, clausuró
Guanziroli, luego de mencionar que: los
condenados sólo acabarían en una cárcel federal cuando la condena estuviera
firme.
En cuanto a Chaban y
demás acusados por lo conocido y trabajado por la prensa me eximo de más datos,
pero todas las defensas apelarán, según los diarios todo indica que Casación
rechazará los recursos y girará el expediente al Tribunal Oral 24, que
dispondría la efectivización de las condenas en unas tres semanas. Según
estableció la Corte, la Cámara de Casación Nacional Penal es el máximo tribunal
penal del país. Es decir que quizás acá tengamos algo de ¿“celeridad”?.
Ahora bien si la
preventiva se aplica para que no se entorpezca o se puedan escapar los acusados
o condenados en primera o segunda instancia, en relación a la situación de los
marinos, y atendiendo a que ya existe el antecedente de que uno de los acusados
reside en EEUU y no se lo puede extraditar, ¿no existe el riesgo claro de que
alguno de los marinos se fugue.?
Estamos hablando de
presos comunes, de ladrones o asesinos de origen humilde, ¡no!, por el contrario estamos hablando de tipos que han escapado a
la justicia durante 40 años manipulándola, generando investigaciones truchas,
jueces adictos, tipos que, como cuerpo, siguieron espiando y vigilando a la
sociedad, de lo que en Trelew ha habido pruebas contundentes en los últimos
años. Tipos que recientemente, y a mi no me cabe duda de que esto es así, han
generado el incidente de la Fragata Libertad, como parte de la escalada contra
el gobierno, justop en vísperas del dictado de justicia.
¿Qué justifica que
estos tipos no estén entre los 31000 presos? .Para mi esta claro que lo
justifica solo su situación de clase, son “gente como uno”. Ni siquiera el
groncho Pedraza, o Zanola en su momento, gozaron de esa impunidad, porque eran “
corruptos sindicalistas peronistas ”, pero estos señores son imperturbables
marinos, no un grone cualquiera.
Y doy otra vuelta de
tuerca. Hay medidas cautelares que en lo político están ligadas a esta
situación y son parte de lo que la justicia debe tratar para limpiarse a si
misma.
Me explico: la medida
cautelar por excelencia en el Derecho Administrativo ha sido la Suspensión de
los efectos del Acto o Resolución administrativos. La medida cautelar más
famosa de este tipo hoy día es la que cubre a Clarín, para que no este obligado
a desinvertir, el grupo Clarín ha tenido
protección judicial a través de una cautelar que vence, luego de tres años, el
7 de diciembre. Que justificación daba el juez que dictó hace tres años la
cautelar a favor de Clarin, el tipo muy suelto de cuerpo sostiene que:
"si bien es cierto que en cuestiones de esta
naturaleza pueden existir situaciones donde los intereses públicos sean
equiparables a los respetables intereses privados, no lo es menos que, en el
particular supuesto de autos, no estamos frente a un
peligro de vida de nadie, ni a un riesgo de salud de la
población, ni tampoco a la posible afectación de la seguridad y tranquilidad
públicas".
En efecto, dijo: "mientras que resulta impensable
que se vea afectado el desenvolvimiento normal de! Estado Nacional por su
subsistencia, no ocurriría lo mismo con e! grupo accionante, cuya actividad
empresarial y derecho de propiedad aparecen como seriamente amenazados por la
aplicación del régimen impugnado, cuando no para toda la ciudadanía la oferta
informativa y de opinión".
Es esto cierto, no de
ninguna manera, Clarín es un peligro claro para la sociedad y el gobierno elegido por ella. El juez pone la “propiedad
privada por encima del bien común. Clarín actúa en perjuicio de “ la seguridad
y tranquilidad públicas” toda vez que busca: que las acciones económicas se
compliquen o demoren, busca reagrupar alianzas antigubernamentales, actuando
como un actor de poder, cooptando a gente como Moyano, busca enlodar al gobierno en cada situación
generando un permanente clima de desconfianza. Esto además ha sido sistemático,
hay evidencias testimoniales que demuestran que ha buscado condicionar a todos
los gobiernos anteriores, forzó una ley que lo favorezca y como no lo logró
cuando pudo aceleró la salida de Alfonsín, condicionó a Menem de tal suerte que
logró que la ley salga a su medida, para apoderarse monopólicamente de los
medios, condicionó a Duhalde. Se apoderó
de bienes particulares ayudado por quienes cometieron crímenes de lesa
humanidad. Utilizando su prestigio y poder generó una estafa contra los fondos
jubilatorios al colocar acciones y forzar su compra a valores que no se
sostuvieron ni una semana. Es decir lo que dice el juez no es verdad. El juez
actúa también como actor político.
Por último, y con
esto cierro, la crisis de la gendarmería
es producto de jueces que dictaron 18.000 cautelares en un día y provocaron un
daño enorme a la economía estatal.
Esos jueces están libres.
Magnetto esta libre, los marinos están libres, Chaban esta libre. 31000
perejiles no.
Rusvi Tahan
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