jueves, 18 de octubre de 2012

Confundido

Confundido:
Esta semana dos casos de extrema gravedad tuvieron sanción judicial, el lunes se dictó sentencia para los acusados de haber perpetrado la Masacre de Trelew, el miércoles el máximo tribunal penal , aumento las penas a los responsables del incendio del boliche Cromañón.
Yo que soy un simple mortal quede un poco impresionado porque en ambos casos los condenados gozarán de libertad, más o menos restringida, pero libertad al fin. Y lo que más me sorprende es que las penas que se le aplican y los delitos de los cuales se los acusa son de una extremísima gravedad.
No soy abogado pero, como no dejo de llamarme la atención esta peculiar situación decidí indagar un poco más acerca de la eximición o no de prisión, la prisión preventiva y las medidas cautelares en general. Con que me encontré.
Las Medidas cautelares son las dictadas con el fin de asegurar que cierto derecho podrá ser hecho efectivo  asi un juez o magistrado del poder judicial, puede adoptarlas  para que las resultas de la resolución administrativa o judicial surtan plenos efectos para los interesados o parte procesal. Asi  habiendo caracterizado a las medidas cautelares dentro del proceso penal, la PRISIÓN PREVENTIVA ( encarcelamiento preventivo) , puede definirse " como una medida cautelar, establecida con un propósito asegurativo, tendiente a comprobar una infracción hipotética , donde hay una existencia de mínimo de pruebas de culpabilidad, motivada ésta medida para tutelar el éxito del proceso"7 . Pero sin duda como medida cautelar evidencia una importancia especial dentro del derecho procesal, porque compromete la libertad física de una persona.
Clarificando se puede dictar prisión preventiva, como es el caso de Pedraza, para que no se fugue, no entorpezca la investigación, no destruya pruebas, etc., o puede dictar la libertad provisional. Ambas son cautelares
La prisión provisional únicamente se puede adoptar durante el desarrollo de un proceso penal. Con esta medida se priva de libertad al sujeto al que se le imputa la comisión de un delito con la finalidad de que puedan aplicarse de forma efectiva las leyes penales.
Por su parte, una vez que el detenido es puesto a disposición del Juez o Tribunal, sólo se podrá ordenar su prisión provisional a solicitud del Ministerio Fiscal o la acusación particular. Para que un Juzgado o Tribunal pueda decretar la medida de prisión provisional, es necesario que conste la existencia de un delito e indicios suficientes para considerar que la persona detenida es la responsable del
mismo.

Ahora bien en la Argentina, según una investigación de Pagina 12, sobre un total de 52.722 personas detenidas en cárceles federales y provinciales, 31.389 (el 59,50 por ciento) son internos que están bajo el régimen de prisión preventiva, sin condena firme, mientras que suman 21.333 (40,50 por ciento) los que han recibido sentencia definitiva. Es decir la mayoría de los presos están con preventiva sin condena.
Me pregunto. ¿ esos 31.389 presos han cometido delitos de tan extrema gravedad como los de los militares ( lesa humanidad) o Chaban – Fontanet.?

Veamos : Los militares retirados Sosa, Del Real y Marandino fueron condenados a “prisión e inhabilitación absoluta y perpetua por considerarlos coautores responsables del homicidio con alevosía y de tres casos de ese delito en calidad de tentativa”. Los delitos además fueron catalogados como crímenes de lesa humanidad, es decir imprescriptibles. “Para este tribunal, el juicio ha terminado”, clausuró Guanziroli, luego de mencionar que: los condenados sólo acabarían en una cárcel federal cuando la condena estuviera firme.

En cuanto a Chaban y demás acusados por lo conocido y trabajado por la prensa me eximo de más datos, pero todas las defensas apelarán, según los diarios todo indica que Casación rechazará los recursos y girará el expediente al Tribunal Oral 24, que dispondría la efectivización de las condenas en unas tres semanas. Según estableció la Corte, la Cámara de Casación Nacional Penal es el máximo tribunal penal del país. Es decir que quizás acá tengamos algo de ¿“celeridad”?.

Ahora bien si la preventiva se aplica para que no se entorpezca o se puedan escapar los acusados o condenados en primera o segunda instancia, en relación a la situación de los marinos, y atendiendo a que ya existe el antecedente de que uno de los acusados reside en EEUU y no se lo puede extraditar, ¿no existe el riesgo claro de que alguno de los marinos se fugue.?
Estamos hablando de presos comunes, de ladrones o asesinos de origen humilde, ¡no!, por el contrario estamos hablando de tipos que han escapado a la justicia durante 40 años manipulándola, generando investigaciones truchas, jueces adictos, tipos que, como cuerpo, siguieron espiando y vigilando a la sociedad, de lo que en Trelew ha habido pruebas contundentes en los últimos años. Tipos que recientemente, y a mi no me cabe duda de que esto es así, han generado el incidente de la Fragata Libertad, como parte de la escalada contra el gobierno, justop en vísperas del dictado de justicia.
¿Qué justifica que estos tipos no estén entre los 31000 presos? .Para mi esta claro que lo justifica solo su situación de clase, son “gente como uno”. Ni siquiera el groncho Pedraza, o Zanola en su momento, gozaron de esa impunidad, porque eran “ corruptos sindicalistas peronistas ”, pero estos señores son imperturbables marinos, no un grone cualquiera.
Y doy otra vuelta de tuerca. Hay medidas cautelares que en lo político están ligadas a esta situación y son parte de lo que la justicia debe tratar para limpiarse a si misma.
Me explico: la medida cautelar por excelencia en el Derecho Administrativo ha sido la Suspensión de los efectos del Acto o Resolución administrativos. La medida cautelar más famosa de este tipo hoy día es la que cubre a Clarín, para que no este obligado a desinvertir,  el grupo Clarín ha tenido protección judicial a través de una cautelar que vence, luego de tres años, el 7 de diciembre. Que justificación daba el juez que dictó hace tres años la cautelar a favor de Clarin, el tipo muy suelto de cuerpo sostiene que:
"si bien es cierto que en cuestiones de esta naturaleza pueden existir situaciones donde los intereses públicos sean equiparables a los respetables intereses privados, no lo es menos que, en el particular supuesto de autos, no estamos frente a un
peligro de vida de nadie, ni a un riesgo de salud de la población, ni tampoco a la posible afectación de la seguridad y tranquilidad públicas".
En efecto, dijo: "mientras que resulta impensable que se vea afectado el desenvolvimiento normal de! Estado Nacional por su subsistencia, no ocurriría lo mismo con e! grupo accionante, cuya actividad empresarial y derecho de propiedad aparecen como seriamente amenazados por la aplicación del régimen impugnado, cuando no para toda la ciudadanía la oferta informativa y de opinión".
Es esto cierto, no de ninguna manera, Clarín es un peligro claro para la sociedad y el  gobierno elegido por ella. El juez pone la “propiedad privada por encima del bien común. Clarín actúa en perjuicio de “ la seguridad y tranquilidad públicas” toda vez que busca: que las acciones económicas se compliquen o demoren, busca reagrupar alianzas antigubernamentales, actuando como un actor de poder, cooptando a gente como Moyano, busca  enlodar al gobierno en cada situación generando un permanente clima de desconfianza. Esto además ha sido sistemático, hay evidencias testimoniales que demuestran que ha buscado condicionar a todos los gobiernos anteriores, forzó una ley que lo favorezca y como no lo logró cuando pudo aceleró la salida de Alfonsín, condicionó a Menem de tal suerte que logró que la ley salga a su medida, para apoderarse monopólicamente de los medios, condicionó  a Duhalde. Se apoderó de bienes particulares ayudado por quienes cometieron crímenes de lesa humanidad. Utilizando su prestigio y poder generó una estafa contra los fondos jubilatorios al colocar acciones y forzar su compra a valores que no se sostuvieron ni una semana. Es decir lo que dice el juez no es verdad. El juez actúa también como actor político.
Por último, y con esto cierro,  la crisis de la gendarmería es producto de jueces que dictaron 18.000 cautelares en un día y provocaron un daño enorme a la economía estatal.
Esos jueces están libres. Magnetto esta libre, los marinos están libres, Chaban esta libre. 31000 perejiles no.
Rusvi Tahan




No hay comentarios: